El Despacho Bertran Pages Abogados Laborales Labortrafic pasa a comunicar una importante novedad en protección de las trabajadoras en situaciones de embarazo.
Sentencia que anula los despidos por fecundación en Vitro
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia por la que incluye el periodo de tratamiento por fecundación en el “supuesto especial de protección frente a un despido”, confirmado la nulidad del despido con la obligación de re-admisión de una trabajadora despedida mientras estaba sometiéndose a un tratamiento de fecundación “in Vitro”.
Se equipara la fecundación in Vitro a la protección por embarazo, siendo en ambos casos nulos los despidos ya que frente a lo afirmado en la carta existe la sospecha que el despido después de un mes de iniciar el tratamiento responde en realidad a una actuación discriminatoria.
El TSJC ha sentenciado que el mismo grado de protección se tiene que otorgar en caso de que, pese a no existir embarazo, exista un “indico razonable” que sustente que la motivación principal del despido ha sido la voluntad de quedarse embarazada mediante un tratamiento de fertilización.